SAMAServicio Aragonés de Mediación y Arbitraje

Escrito de Iniciación del Trámite de Mediación en Conflicto Colectivo instado por empresa

Solicitante


Representante (2)


Asesor/a

Con quien se entenderán las sucesivas diligencias y a quien se autoriza a recibir citaciones


Solicitados

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A efectos que procedan informa de que:

Número de trabajadores de la plantilla


Número de trabajadores afectados




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1 En cumplimiento de lo previsto en el IV ASECLA, la notificación se remitirá preferentemente por medios telemáticos.
2 Rellenar este espacio sólo cuando se comparezca por medio de representante, aportando, junto a esta solicitud copia de la escritura pública de apoderamiento o del documento que acredite el origen de la representación.
3 En cumplimiento de lo previsto en el IV ASECLA, la notificación se remitirá preferentemente por medios telemáticos.
4 En cumplimiento de lo previsto en el IV ASECLA, la notificación se remitirá preferentemente por medios telemáticos.
5 El planteamiento de conflictos colectivos requerirá el previo sometimiento del conflicto a la Comisión Paritaria, cuando se hubiera establecido dicho trámite como obligatorio, constituyendo el incumplimiento, o la falta de acreditación, causa de solicitud de subsanación por parte de este Organismo El cumplimiento del trámite precedente deberá acreditarse en el momento de la solicitud de mediación mediante:
- Aportación de la resolución emitida por dicha comisión, o
- Presentación del documento que justifique el transcurso del plazo de 7 o 15 días naturales desde la fecha en que sometiera el conflicto al conocimiento de la Comisión Paritaria, sin haber obtenido el correspondiente dictamen, en función de la naturaleza del conflicto.
No obstante lo anterior, se tendrá por cumplido el trámite si se acredita la ausencia de competencias de la Comisión Paritaria en materia de resolución de conflictos.
6 Acompañar la solicitud de la copia de la escritura pública de apoderamiento o documento que acredite el origen de la representación.