SAMAServicio Aragonés de Mediación y Arbitraje

EXPEDIENTES PRESENTADOS ANTES DEL ESTADO DE ALARMA

A la vista de la publicación en el día de hoy, 23 de mayo de 2.020, BOE número 145, del Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y tal como se establece en su artículo 10, se comunica que con efectos del 4 de junio de 2020, se alzará la suspensión de los plazos de prescripción y caducidad de derechos y acciones suspendidos en virtud del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por lo que el Servicio Aragonés de Mediación y Arbitraje, INFORMA:

Que las fechas asignadas a partir del día 4 de junio de 2020, constituyen una citación definitiva para la celebración de su procedimiento, sin perjuicio de que reciban en los próximos días la cédula de citación en la forma habitual.

No obstante lo anterior, en aquellos procedimientos en los que ambas partes han manifestado su disposición para celebrar las mediaciones de forma voluntaria antes del día 4 de junio, se mantienen las fechas asignadas.

1.- A continuación, tienen un buscador, por provincia y número de expediente, para acceder a la fecha y hora de señalamiento del acto de mediación.

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2.- Que el sistema de asignación de la nueva fecha de celebración, se ha realizado siguiendo idénticos criterios que los anteriores aplazamientos, si bien espaciando las horas de señalamiento entre expedientes, para garantizar una menor concentración de personas.

3.- Que en el Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, publicado en el BOE número 145, el 23 de mayo, establece en su artículo 10, que con efectos del 4 de junio de 2020, se alzará la suspensión de los plazos de prescripción y caducidad de derechos y acciones suspendidos en virtud del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.